Derecho de Familia · Pensión de alimentos
¿Y si lo más difícil no es la pensión, sino no saber por dónde empezar?
Ya sea que necesites solicitar, aumentar, rebajar, defenderte o cobrar una pensión de alimentos, cuéntanos tu caso y en menos de 24 horas un abogado real —no un bot— te dice en qué estás parado, qué alternativas tienes y el próximo paso.
Te responde un abogado real, en menos de 24 horas
La pensión de alimentos es un derecho. Te ayudamos a hacerlo valer.
Los temas de alimentos suelen llegar en momentos difíciles y cargados de emociones. Nuestro trabajo es darte claridad: entender tu situación, explicarte tus alternativas reales y llevar el proceso ante el Juzgado de Familia con una estrategia definida.
En qué te podemos ayudar
Solicitar una pensión
Demandamos la fijación de alimentos y solicitamos alimentos provisorios para que el apoyo empiece cuanto antes.
Aumentar o rebajar
Si cambiaron las necesidades o la situación económica, pedimos al tribunal ajustar el monto ya fijado.
Cobrar deuda impaga
Gestionamos el cobro de cuotas adeudadas: retención de sueldo, apremios y Registro Nacional de Deudores.
Defender al alimentante
Si la pensión solicitada excede tu capacidad real, presentamos tu situación de forma clara y fundada.
Preguntas frecuentes
¿Cómo se calcula el monto de la pensión?
No existe una cifra única: el tribunal pondera las necesidades del hijo o hija y la capacidad económica de quien debe pagar. Como referencia legal, tratándose de un hijo la pensión no puede ser inferior al 40% de un ingreso mínimo remuneracional, y al 30% por cada hijo cuando son dos o más. Cada caso se evalúa de forma particular.
¿Cómo se demanda una pensión de alimentos?
La demanda se presenta ante el Juzgado de Familia. Al inicio del proceso el tribunal puede fijar alimentos provisorios, un monto que se paga mientras dura el juicio. Preparar bien los antecedentes desde el comienzo ayuda a agilizar el trámite.
¿Qué pasa si no pagan la pensión?
La ley contempla varias medidas para hacer cumplir el pago: retención directa del sueldo por el empleador, arraigo, apremios como el arresto nocturno, suspensión de licencia de conducir o pasaporte, y la inscripción en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos. Se puede solicitar el cobro de las cuotas adeudadas.
¿Se puede aumentar, rebajar o poner fin?
Sí. Si cambian las circunstancias —las necesidades del hijo o la situación económica de alguna de las partes— se puede solicitar al tribunal el aumento, la rebaja o el cese de la pensión, acreditando esos cambios.
¿Necesito un abogado?
Para las principales acciones ante el Juzgado de Familia —demandar, pedir aumento, rebaja o cese— sí se requiere el patrocinio de un abogado. Hay gestiones puntuales que la ley permite presentar sin abogado, pero incluso en esos casos, presentar bien los antecedentes hace mucho más probable que el tribunal acoja tu solicitud, y ahí la ayuda de un abogado marca la diferencia.
Esta información es general y referencial. Cada caso tiene particularidades: cuéntanos el tuyo y te orientamos.
¿Qué pasa si lo dejas para después?
- Por regla general, la pensión se debe desde que se presenta la demanda. Los meses que pasan sin demandar, normalmente no se recuperan.
- Las deudas de pensión crecen con el tiempo, y mientras más se acumulan, más cuesta arriba se vuelve cobrarlas.
- Reunir los antecedentes toma tiempo. Mientras antes empieces, antes puede el tribunal fijar alimentos provisorios.
No tienes que decidir nada hoy. Pero en qué estás parado, conviene saberlo cuanto antes.
Clientes que ya pasaron por esto
Historias reales de personas a las que acompañamos
"Muy agradecida de su asesoría, aún siendo de Osorno pudieron ayudarme a obtener el dinero de pensión de alimentos que me debían."
"Excelentes profesionales, me ayudaron con un caso de pensión de alimentos. 100% recomendados."
"Fueron muy amables, profesionales y se dieron el tiempo de escuchar mi caso. Me orientaron sobre los pasos a seguir, lo que me dio mucha tranquilidad. Sin duda los recomiendo."
Recibe tu diagnóstico en 24 horas
Cuéntanos tu caso de pensión de alimentos y en menos de 24 horas un abogado te dice tus opciones y el próximo paso.
Nos escribes tu caso por WhatsApp o el formulario.
Un abogado lo revisa (no un asistente ni un bot).
En 24 h te decimos tus opciones y el paso a seguir. Tú decides si avanzas.
Tu diagnóstico incluye
- La evaluación de tu caso, hecha por un abogado del estudio.
- Tus alternativas reales, explicadas sin tecnicismos.
- El paso concreto que conviene dar, y por qué.
Nuestro compromiso: te responde un abogado en menos de 24 horas. Si pasaron 24 horas y aún no sabes de nosotros, escríbenos «sin respuesta» por WhatsApp y tu caso pasa al primer lugar de la fila.